Subsidio D.S. N° 40
¿Qué es el subsidio D.S 40?
Junto al ahorro para la vivienda y a un crédito o mutuo hipotecario optativo, permite comprar una vivienda económica nueva (hasta 140 m2), en Zonas de Renovación Urbana o en Zonas de Desarrollo Prioritario, cuyo precio no supere las 2.000 UF.
Este subsidio no puede ser aplicado a la construcción de viviendas en sitio propio, sólo a la adquisición de viviendas nuevas.
¿Cómo se postula?
Se postula en forma individual o colectiva.
Si se postula colectivamente, puede hacerse a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), con personalidad jurídica, con o sin fines de lucro, como por ejemplo, cooperativas abiertas de vivienda; corporaciones; fundaciones e inmobiliarias, cuya labor es organizar y patrocinar al grupo de postulantes al subsidio habitacional y desarrollar el proyecto habitacional.
El MINVU dispone llamados a postulación, los que son publicados en el Diario Oficial hasta el día 20 del mes anterior al inicio del período de postulación.
Requisitos
- Ser mayor de edad.
- Tener Cédula Nacional de Identidad chilena.
- Acreditar el ahorro mínimo que exige el Programa, depositado en alguno de los tipos de cuenta a que se refiere el reglamento. El postulante tiene plazo para completar este monto hasta el último día del mes anterior al del inicio del período de postulación y no podrá efectuar giros posteriores a esa fecha.
- Carecer de vivienda. Este requisito incluye al interesado, a su cónyuge y a los miembros del grupo familiar acreditado.
- No tener certificado de subsidio vigente, el interesado ni su cónyuge.
El interesado o su cónyuge no pueden haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del SERVIU, de sus antecesores legales, de las municipalidades o a través de otros mecanismos.
Financiamiento
La vivienda se financia con subsidio del Estado, ahorro del postulante y, de ser necesario, con un crédito hipotecario obtenido en alguna entidad crediticia, para lo cual el beneficiario debe cumplir los requisitos y condiciones exigidos para ser sujeto de crédito.
Montos de Subsidio: depende del precio de la vivienda y de la región, provincia o comuna. En el caso de viviendas hasta 1.000 UF, el subsidio es de 200 UF. En el caso de Viviendas hasta 2.000 UF se obtiene mediante la siguiente fórmula: Subsidio = 300 - (Precio Vivienda x 0,1). El subsidio tiene una vigencia de 21 meses.

Vigencia:
El período de vigencia del certificado de subsidio es de 21 meses. Este plazo rige desde el primer día del mes subsiguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial, de la Resolución que apruebe las nóminas de seleccionados.
Fuente: www.minvu.cl



