El Subsidio al Dividendo es una iniciativa del Gobierno chileno, aprobada por el Congreso, que busca facilitar el acceso a la compra de viviendas nuevas y reactivar el mercado inmobiliario. Consiste en un subsidio de hasta 60 puntos base a la tasa de interés para créditos hipotecarios, el cual se otorga en conjunto con una nueva garantía estatal Fogaes. El objetivo es reducir significativamente el costo de los dividendos mensuales y el costo total del crédito hipotecario, haciendo la vivienda más asequible para miles de familias, especialmente las de clase media, y disminuyendo el stock de viviendas construidas sin vender.
La Ley de Subsidio al Dividendo establece una reducción directa de 60 puntos base a la tasa de interés del crédito hipotecario. Adicionalmente, se crea una nueva garantía estatal Fogaes que cubre hasta el 60% del valor de la vivienda. La combinación de ambos beneficios busca lograr una reducción total de la tasa de interés de hasta 100 puntos base (equivalente a un 1%). Esta garantía estatal reduce el riesgo para las instituciones financieras, incentivándolas a ofrecer tasas más bajas o a aprobar créditos a deudores que antes podrían haber tenido dificultades. El subsidio se paga directamente del Estado a los bancos, por lo que no es un trámite que deban realizar las personas.
Para acceder al Subsidio al Dividendo y a la garantía Fogaes, los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos consolidados:
El beneficio puede solicitarse dentro de los 24 meses siguientes a la publicación de la Ley en el Diario Oficial, que ocurrió el 29 de mayo de 2025. Esto significa que el plazo para solicitarlo se extiende hasta el 29 de mayo de 2027. La vigencia del beneficio es por toda la vida del crédito, con un máximo de 30 años. La solicitud se realiza directamente ante las instituciones financieras (bancos, cooperativas de ahorro y crédito, compañías de seguro, administradoras de fondos mutuos y cajas de compensación) una vez que estas participen en las licitaciones de derechos de garantía.
Los ejemplos proporcionados ilustran ahorros significativos:
Si el cliente refinancia la misma operación (repacta o modifica el calendario de ese crédito), no pierde el subsidio dentro del período de vigencia del programa. Sin embargo, si se obtiene un nuevo crédito para esa vivienda, ya sea de la misma o de otra institución, el crédito original se dará de baja y, con él, el beneficio del subsidio y la garantía Fogaes. La garantía Fogaes también se activa una única vez en caso de impago y no puede volver a usarse si ya se hizo efectiva.
Para evitar que el subsidio sea absorbido por las entidades financieras, el Ministerio de Hacienda tiene la facultad de determinar una o más tasas de referencia por tipo de institución financiera mensualmente. La tasa de interés sin subsidio que ofrezca el banco nunca podrá ser superior a esta tasa de referencia, ni a la Tasa Máxima Convencional. Además, se capacita a los ejecutivos bancarios sobre el programa y se recomienda a los solicitantes cotizar en al menos tres instituciones financieras para negociar y asegurar las mejores condiciones de tasa de interés, ya que la tasa comercial de los bancos puede variar.
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